A partir del 15/12/2025, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) acreditó la primera cuota correspondiente a la segunda etapa de la devolución del Impuesto PAIS a los importadores que oportunamente presentaron la Declaración Jurada de Devolución de Pagos a Cuenta del Impuesto PAIS por Importaciones de Bienes (DJIP).
En virtud a las múltiples consultas que se encuentra recibiendo la Asesoría en Normativa y Procedimientos Aduaneros respecto al lineamiento correcto para el pago de los derechos de importación mediante la imputación de dicho crédito, recordamos a todos nuestros asociados que en la sección “INFORMES CDA” de la Web Institucional se encuentra disponible una publicación en la que se detalla el Procedimiento para el pago de Derechos de Importación con crédito por devolución del Impuesto PAÍS, pudiendo visualizarlo haciendo clic AQUÍ.

