ANMAT – Sin intervención a la importación de productos cosméticos, domisanitarios, de higiene oral, higiénicos descartables por usuarios directos

El Centro Despachantes de Aduana (CDA) informa a sus asociados que, en el Boletín Oficial de HOY (28/05/2025), la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dio a conocer la Disposición N° 3562, con el fin de liberar de su intervención la importación de varios productos para la salud.

Específicamente, dicho Organismo ya no tendrá intervención en los trámites relacionados con gestiones por usuarios directos como la solicitud de autorización de ingreso al país para uso personal de:
– Productos cosméticos.
– Productos domisanitarios de libre venta.
– Productos de higiene oral de uso odontológico (incluidas las pastas dentales y enjuagues bucales).
– Productos higiénicos descartables de uso externo (pañales descartables para bebés y adultos, toallitas femeninas, protectores diarios y absorbentes de leche materna, entre otros).
– Productos higiénicos descartables de uso intravaginal (tampones).
– Productos higiénicos de uso intravaginal (colectores del flujo menstrual incluida la copa menstrual).

Cabe destacar que, se encuentra prohibida la comercialización y/o utilización, con fines de lucro y/o distribución gratuita de los productos anteriormente detallados.

De esta forma, la importación y el uso posterior de dichos productos quedan bajo la exclusiva responsabilidad del usuario, quien asumirá los riesgos y consecuencias que pudieran derivarse de su adquisición y uso.

La nueva medida comienza a regir a partir de su publicación en el Boletín Oficial, el miércoles 28/05/2025.

De acuerdo a los considerandos de la norma, la finalidad de la misma es promover la simplificación de procesos y la eficiencia en la gestión pública, implementando mecanismos de desregulación mediante la facilitación de trámites tendientes a optimizar recursos y agilizar procesos.




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