BIT N° 159: Reintegros de Exportación: Conversión y exposición en dólares estadounidenses

Mediante la publicación de la Resolución N° 1834 en el Boletín Oficial del 18/11/2025, el Ministerio de Economía (ME) instruyó a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), a que instrumente los mecanismos tendientes a posibilitar que las solicitudes de devolución o pedidos de pago, según corresponda, de reintegros a la exportaciones, acumulados al 31/10/2025, inclusive, sean expresados en dólares estadounidenses al tipo de cambio vendedor del Banco de la Nación Argentina (BNA).

Lo
anteriormente dispuesto, se fundamenta en el régimen de reintegros a la
exportación previsto en el Código Aduanero, Ley Nº 22.415, que restituye, total
o parcialmente, aquellos importes que se hubieran pagado en concepto de
tributos interiores por la mercadería que se exporta para consumo a título
oneroso.

Supletoriamente
a lo expresado en el párrafo anterior, se agrega como argumento al beneficio, el
artículo 20 de la Ley N° 23.905 y sus modificaciones, que establece la
determinación en dólares estadounidenses de los tributos que gravan las
importaciones y exportaciones expresados en el TC del día anterior al del
efectivo pago.
Así también la posibilidad establecida en la Resolución
General (ex AFIP) N° 1415/2003 de consignar el precio de las operaciones de
exportación en moneda extranjera a través del comprobante identificado con la
letra “E”.

Reglamentando
la solicitud realizada por el Ministerio de Economía, ARCA publica en el
Boletín Oficial del 25/11/2025 la Resolución General Nº 5792, norma cuya
vigencia se implementa desde el día de su publicación, implementando un procedimiento  de carácter optativo y establecer las
formalidades, condiciones y pautas que deberán cumplimentar quienes adhieran al
régimen.

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