El Centro Despachantes de Aduana (CDA) informa a sus asociados que, en el Boletín Oficial de HOY (28/05/2025), la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dio a conocer la Disposición N° 3562, con el fin de liberar de su intervención la importación de varios productos para la salud.
– Productos cosméticos.
– Productos domisanitarios de libre venta.
– Productos de higiene oral de uso odontológico (incluidas las pastas dentales y enjuagues bucales).
– Productos higiénicos descartables de uso externo (pañales descartables para bebés y adultos, toallitas femeninas, protectores diarios y absorbentes de leche materna, entre otros).
– Productos higiénicos descartables de uso intravaginal (tampones).
– Productos higiénicos de uso intravaginal (colectores del flujo menstrual incluida la copa menstrual).
Cabe destacar que, se encuentra prohibida la comercialización y/o utilización, con fines de lucro y/o distribución gratuita de los productos anteriormente detallados.
De esta forma, la importación y el uso posterior de dichos productos quedan bajo la exclusiva responsabilidad del usuario, quien asumirá los riesgos y consecuencias que pudieran derivarse de su adquisición y uso.
La nueva medida comienza a regir a partir de su publicación en el Boletín Oficial, el miércoles 28/05/2025.
De acuerdo a los considerandos de la norma, la finalidad de la misma es promover la simplificación de procesos y la eficiencia en la gestión pública, implementando mecanismos de desregulación mediante la facilitación de trámites tendientes a optimizar recursos y agilizar procesos.

